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La Unidad de Información Pública, es la dependencia encargada de recibir, tramitar, analizar y dar acceso a la información pública en poder de la Municipalidad de Barillas de conformidad con lo que para el efecto establece la Ley de Acceso a la Información Pública; fungirá como canal entre el solicitante y las distintas dependencias que conforman la institución.
La Unidad fue creada de acuerdo a lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, en cumplimiento a dicha ley y al respeto del derecho que tiene toda persona a tener acceso a la información que se genera, en este caso, en la institución municipal y que es de beneficio para los habitantes del municipio.
La Oficina de Información Pública de la Municipalidad de Barillas, está a su disposición en 3ra. Av. 2-29 Zona 1 Edificio Municipal, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 16:30 horas.
Además, para cualquier duda, consulta y/o sugerencia, puede enviar un correo a informacionpublicabarillas@gmail.com
 Objetivos de la Unidad de Información:
a) Cumplir y velar porque se cumplan las disposiciones de la Ley de Acceso a la Información Pública;
b) Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública;
c) Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública;
d) Proporcionar para su consulta la información pública solicitada por los interesados o notificar la negativa de acceso a la misma, razonando dicha negativa;
e) Expedir copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos de la Municipalidad de Barillas;
f) Cualquiera otra disposición que establezca las autoridades, en concordancia con la Ley de Acceso a la Información Pública.

 

 La Ley de Acceso a la Información Pública, en su Artículo 38 establece que para el acceso a la información pública se inicia mediante:
Solicitud escrita y vía electrónica.
Los tipos de solicitudes deben formularse a través de la Oficina de Información de la Municipalidad de Barillas en el lugar y horario antes indicado.
La ley establece que los vecinos podrán solicitar información pública a través de la obtención de informes, copias, reproducciones escritas o por medios electrónicos y exhibición de documentos o expedientes. En cuanto a lo relativo a certificaciones y copias secretariales, se regulará conforme a la Ley del Organismo Judicial.
De acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Acceso a la Información Pública, toda información solicitada se proporcionará en el estado en que se encuentre en posesión de los sujetos obligados y esta obligación no comprenderá el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante.
La Unidad de Información Pública, es la dependencia encargada de recibir, tramitar, analizar y dar acceso a la información pública en poder de la Municipalidad de Barillas de conformidad con lo que para el efecto establece la Ley de Acceso a la Información Pública; fungirá como canal entre el solicitante y las distintas dependencias que conforman la institución.
La Unidad fue creada de acuerdo a lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, en cumplimiento a dicha ley y al respeto del derecho que tiene toda persona a tener acceso a la información que se genera, en este caso, en la institución municipal y que es de beneficio para los habitantes del municipio.
La Oficina de Información Pública de la Municipalidad de Barillas, está a su disposición en 3ra. Av. 2-29 Zona 1 Edificio Municipal, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 16:30 horas.
Además, para cualquier duda, consulta y/o sugerencia, puede enviar un correo a informacionpublicabarillas@gmail.com
Objetivos de la Unidad de Información:
a) Cumplir y velar porque se cumplan las disposiciones de la Ley de Acceso a la Información Pública;
b) Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública;
c) Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública;
d) Proporcionar para su consulta la información pública solicitada por los interesados o notificar la negativa de acceso a la misma, razonando dicha negativa;
e) Expedir copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos de la Municipalidad de Barillas;
f) Cualquiera otra disposición que establezca las autoridades, en concordancia con la Ley de Acceso a la Información Pública.

 

La Ley de Acceso a la Información Pública, en su Artículo 38 establece que para el acceso a la información pública se inicia mediante:
Solicitud escrita y vía electrónica.
Los tipos de solicitudes deben formularse a través de la Oficina de Información de la Municipalidad de Barillas en el lugar y horario antes indicado.
La ley establece que los vecinos podrán solicitar información pública a través de la obtención de informes, copias, reproducciones escritas o por medios electrónicos y exhibición de documentos o expedientes. En cuanto a lo relativo a certificaciones y copias secretariales, se regulará conforme a la Ley del Organismo Judicial.
De acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Acceso a la Información Pública, toda información solicitada se proporcionará en el estado en que se encuentre en posesión de los sujetos obligados y esta obligación no comprenderá el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante.
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